Mandatario del Automotor


lunes, 22 de diciembre de 2014

Porque es importante tener patentada la Maquinaria Agricola Vial o Industrial

Mariela Ortelli
Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

Debido a la legislacion actual, referente a la obligatoriedad de tener patentada (Registrada) toda maquinaria Agricola, Vial e Industrial, Ud, puede ser victima del desconocimiento de la clausula de exclusion dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nacion, la misma dice en su texto que es imprescindible tener registrada su maquinaria para recibir el pago del seguro de daños ocasionados con el uso de maquinaria agricola, vial o industrial.
Contacteme para ser asesorado y evitar problemas que pueden comprometer su inversion,

Tenga en mente que los accidentes con la maquiinaria pueden ocurrir durante el traslado o durante la operacion dentro de su propiedad, cualquier operario que resulte con daños ocasionados por la maquinaria, podra accionar contra Ud. y debe estar cubierto par evitar contrariedades que son facilmente evitables.

Ademas tenga en cuenta que los vehiculos denominados Cuatriciclos, son legalmente vehiculos de traslado de  carga dentro de su propiedad y no esta autorizado el uso de los mismos para circular fuera de su propiedad. Deben estar patentados tambien para evitar inconvenientes, todo estoe tramites se los realizo sin que Ud, tenga alguna molestia y todos realizados con profesionalidad.
Hagame una llamada para asesorarse y o contratar mis servicios al celular 223 154 55 8918 o dejeme un mensaje en este sitio y a la brevedad me contactare con Ud.

Ademas.... creee que puede ser embargada su unidad o flota de unidades, tengo la solucion. Contactese al celular 223 455 8918 o dejeme un mensaje en este sitio y a la brevedad me contactare con Ud.

miércoles, 19 de noviembre de 2014

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE LA CÉDULA AZUL?

BENEFICIOS

Mariela Ortelli
Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

Permitir la utilización del vehículo sólo a aquellas personas que estén autorizadas por los propietarios.

Permitir que toda persona que circula con un automotor, sea el titular registral o un autorizado por éste.

La cédula servirá a la vez para que un tercero pueda salir con el automóvil a un país limítrofe en forma temporal. Recuerde, Bolivia aun solicita la autorizacioin de manejo legalizada, es uno de los
pocos paises que aun lo hace.

Mejorar la seguridad vial en su conjunto y la tranquilidad del propietario del automotor y del
conductor en particular.

Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde sino que se destina a los terceros autorizados
que manejan un auto del cual no son titulares.

Si se vende/transfiere el automotor las cédulas que se hayan solicitado para manejar dicho
vehículo serán dadas de baja automáticamente.

Si extravia alguna de las placas patente y solicita duplicados, las cedulas azules pierden
autorizacion ya que el vehiculo cambia su numeracion registral.


sábado, 16 de agosto de 2014

Documentación exigible al adquirir un automotor usado



Mariela Ortelli
Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.








    Titulo de propiedad del Automotor original.

    Cédula de identificación original.

    Formularios 08, original , duplicado y triplicado, firmado por titular y conyuge con firmas certificadas.

    Si el vehículo está equipado con GNC y el mismo no se encuentra incorporado a la documentación del automotor, solicitar la documentación correspondiente a efectos de incorporarlo.

    Comprobantes de pago del impuesto de patentes.

    Impuesto de emergencia.Para modelos 80 (inclusive) al 89 (inclusive)

    Impuesto incentivo docente.

    Reempadronamiento cumplido.

    Es recomendable solicitar el informe de dominio para conocer si existe alguna medida cautelar que pese sobre el automóvil a adquirir.
   
    Realizar la verificación policial del vehículo.

    Solicitar libre deuda de patentes.

Cel- 223 455 8918 - Mariela Ortelli  Mandataria Nacional del Automotor.
email: mandatarios.asociados@hotmail.com
           mandatarios.argentina@gmail.com

Consentimiento Conyugal en tramites del automotor


Mariela Ortelli
Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

Cuando se realiza una transferencia de  un automotor, a nombre de una persona física, esta deberá consignar en el formulario que el mandatario le informara según corresponda, sus datos personales completos. Estos datos, así consignados en los citados formularios, tendra carácter de declaración jurada y efectos jurídicos a efectos de una nueva transferencia o trámite registral en el que se requiera consentimiento conyugal.

El consentimiento conyugal, es la manifestación de conformidad que uno de los cónyuges le otorga al otro para realizar la transferencia de dominio, a nombre de otra persona, registrar la baja del automotor, o bien consitutir una prenda sobre el mismo, siempre que se trate de un automotor adquirido a título oneroso después de constituído el matrimonio.

Estos bienes así adquiridos, son demominados bienes gananciales, por consiguiente, para ser vendidos o gravados, deben contar con la firma de ambos cónjuges.

Es decir que todo titular de un dominio, casado, no puede concretar ninguna de las operaciones antes dichas, solo por el hecho de ser quien figura como propietario del bien, aún no figurando su cónyuge, expresamente en el título del automotor. Necesariamente deberá contar con el consentimiento de su cónyuge firmado y debidamente certificado.

Este consentimiento no es necesario cuando se trate de bienes propios. O sea, los que poseían los cónyuges antes de contraer matrimonio, o los que adquirieron de casado por subrogación de un bien propio, herencia o legado, o por donación. En caso de que uno de los cónyuges se niege a otorgar el consentimiento, sin una causa justa, la ley prevee la intervención de un juez competente quien mediante una audiencia previa entre las partes, podrá autorizar la transmisión del bien.

Cuando una persona física es de estado civil viudo, soltero o divorciado, al momento de la compra de un automotor, es suficiente su firma como titular cuando se proceda a transferir el dominio a nombre de otra persona.

Para el caso que un automotor, se encuentre a nombre de ambos cónyuges, es decir en condominio, la firma de ambos resulta suficiente como expresión de consentimiento, no requiriéndose además que este sea reiterado expresamente.

Modos de presentación del consentimiento conyugal

- Mediante la firma del cónyuge en el formulario correspondiente debidamente certificado.

- Mediante instrumento público o privado por el cual se le otorgue dicho consentimiento a dicho cónyuge para disponer del automotor.

- Mediante poder especial o general (donde se encuentre incluída dicha facultad) a favor de un tercero o bien del otro cónyuge. En el régimen automotor, los poderes especiales caducan a los 90 días.

- Mediante venia judicial por la cual se suple el consentimiento conyugal.



- Digesto de normas Técnico-Registrales Título I, Capítulo VIII, Sección 1° y 2°

martes, 29 de julio de 2014

Que es un Mandatario?

Mariela Ortelli
Mandatario Registral de Automotores
El Mandatario Registral de Automotores y Créditos Prendarios, o también conocido en el medio popular como Gestor de Automotores, se especializa en la inscripción de los automotores en todas las reparticiones públicas y privadas, generando y controlando la documentación obligatoria pero, sobre todo, asesorando a su mandante.

Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

Diferenciación con el Gestor de Automotores
El Mandatario brinda atención de servicios especializados al mercado automotor con derechos y obligaciones inherentes a su cargo. Cabe destacar que el mandatario es reconocido por la DNRPA bajo una matrícula profesional especial y con su incorporación al "Digesto de Normas Técnico Registrales" de la entidad, ha sido reconocida su labor.1

El “gestor” actúa como intermediario en diligencias para el usuario y/o contribuyente ante la administración pública de la Provincia de Buenos Airesy otros organismos tanto del Estado Nacional,Provincial o Municipal sin ningún tipo de responsabilidad civil o judicial.

Historia

El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor fue creado por el Decreto-Ley 6582/58. Su primer director fue nombrado en 1962, y la primera inscripción registral de un automotor se realizó en 1964.

Con el objeto de diferenciar las actividades entre el Gestor y el Mandatario, en el año 1971, se creó la primera Cámara de Mandatarios y Gestores de Trámites del Automotor y Afines de la República Argentina.

En 1975, se creó la Federación Argentina de Mandatarios (FAM), entidad que se refundó como FAMA en el año 1989, actualmente en plena actividad.

El 19 de abril de 1975 se realizó la primera reunión del Consejo Federal, que nuclea a las Cámaras y Asociaciones de Mandatarios de todo el país en la ciudad de Rosario, en la misma se resolvieron distintos asuntos de organización pero ese día, a modo de conmemoración se acordó declarar Día del Mandatario del Automotor a nivel nacional.2

En la actualidad es un organismo colegiado sólo en algunas provincias del país y sólo como proyecto de ser un organismo colegiado a nivel nacional.

El Mandatario reconoce su génesis en el género del mandato civil legislado por el Derecho Romano que representa a terceros en cuestiones negociales y actos jurídicos relevantes, es trasvasada al Derecho Francés (Código de Napoleón de 1801).

Fue tomado para el Código Civil de la República Argentina en los artículos 1.869 al 1.871 receptando la figura del mandato, su modalidad de ejercicio, su carácter oneroso, revocable, renunciable, el ejercicio del derecho de retención, el anticipo de gastos, la rendición de cuentas y muchos más. Y allí se define como profesión que defiende los intereses y derechos del tercero representado.

Siguiendo al derecho civil, el mandatario civil toma a su cargo los trámites relacionados con los automotores para posteriormente ser reconocido en el Digesto creado por la Dirección Nacional (DNRPA).

Competencias profesionales

Asesorar al comprador y vendedor de sus derechos y obligaciones ante las Leyes y Disposiciones vigentes e inscribir ante los Registros Seccionales y Organismos recaudatorios la titularidad del bien mueble registrable y los trámites posteriores a dicha inscripción.

Su competencia son todas las reparticiones públicas y privadas que controlan y registran los movimientos y cumplimiento de normas de inscripción, tributarias y correccionales. El Mandatario Automotor (matriculado) garantiza con su asistencia la transparencia y seguridad jurídica de las operaciones. Como profesional, su competencia se impone en la intervención de transacciones para instrumentar la calidad de comprador de buena fe. En consecuencia, es el virtual idóneo que cubre un vacío del Régimen Jurídico Registral de Automotores, trasmitiendo el conocimiento de la legislación vigente y da publicidad a las normas de aplicación ante los usuarios de automotores. Sin embargo, podemos afirmar que el Mandatario del Automotor básicamente existe porque quienes compran o venden automotores necesitan el asesoramiento de profesionales dedicados exclusivamente a este rubro.

lunes, 28 de julio de 2014

Guia Oficial de precios de vehiculos ACTUALIZADA

Mariela Ortelli
Este es otro servicio que pongo a su alcance. Desea conocer el valor de su vehiculo? Los valores son actualizados por la  A.C.A.R.A
.
El link lo lleva a la pagina de A.C.A.R.A (Asociacion de Concesionarios de Automotores de la Republica Argentina)
Ellos mantienen la lista actualizada.


Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

LOS VALORES SON ACTUALES.

Ver los valores


viernes, 27 de junio de 2014

Presentacion y Sevicios Ofrecidos

Mariela Ortelli
Mi nombre es Mariela Ortelli, soy Mandataria del Automotor con matricula Nacional de la Direccion Nacional del Registro de la Propiedad Automotor.
Esto le garantiza la seriedad y profesionalidad en el tramite que necesite..

Deseo ofrecerles en este espacio algo de informacionn a fin de que tengan una idea de los tramites que les puedo realizar para completar la gestion de su tramite personal ante la Direccion Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor.

Contacteme llamando al celular 223 455 8918 o dejeme un mensaje en este sitio y a la brevedad me contactare con Ud. Recuerde dejarme un numero donde llamarlo.


Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.


1. ¿Que documentación necesito solicitar al momento de adquirir un automotor?
    Documentación a exigir al momento de adquirir un automotor.
a) Solicitud Tipo <Contrato de Transferencia, Inscripción de Dominio (08)>, totalmente completada y debidamente certificada.

b) Certificado de dominio ( ver diferencias entre  informe y certificado de dominio )

c) Libre deuda de patentes y tránsito (si correspondiere).

d) Título del automotor

e) Cédula del automotor

f) Comprobante en original y copia que acredite el pago del impuesto de emergencia a los automóviles, rurales, yates y aeronaves, establecido por la ley 23.760, si correspondiere (derogado a partir de diciembre de 2000).

g) Acreditación del cumplimiento de la norma sobre declaración jurada de bienes registrables (F. 381 de la D.G.I.), si correspondiere.

h) Constancia de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario, en caso de existir prenda, mediante la presentación de la copia emitida por el Correo del telegrama colacionado o de la Carta documento por el que se comunica el hecho o, en su defecto, presentación para la firma del Encargado del telegrama colacionado o carta documento.

i) Constancia, si estuviere inscripto un contrato de leasing, de que el tomador del leasing está  en conocimiento de la venta, mediante la presentación de la copia emitida por el Correo, de la carta documento por la que se le comunica el hecho.

j) Oblea de la correspondiente Verificación Técnica Vehicular con la factura de pago de aranceles.

k) Oblea y recibo del correspondiente pago del impuesto docente (Derogado a partir de enero de 2000), ahora bien, para los modelos anteriores, si hubiere correspondido su pago, éste será exigible.


2. ¿Puede transferir un automotor con deuda de patentes?
NO, debo contar con libre deuda para poder dar curso a la transferencia.

3. Si estoy abonando una moratoria, ¿Puedo transferir el automotor?
NO, estamos en el caso anterior, es decir si pido un libre deuda, Rentas indicará que no hay deuda pero que existe un acogimiento a una moratoria con cuotas por vencer, con lo cual se deduce que hasta que no cancele la moratoria, no me entregarán la documentación de rigor.

4. ¿Qué documentación debo entregar si vendo un automotor de mi propiedad?
La misma que debo requerir al compar un automotor.

5. Cuando compro un automotor en una agencia, ¿Qué requisitos debe contener el boleto de compraventa?

Por lo general cuando compro un automotor en una agencia, se firma un boleto de compraventa por mandato, debido a que la operación la cierro con el dueño de la agencia y no con el dueño del automotor.
De esto se deduce que el dueño de la agencia tiene mandato explícito para realizar la operación. Como comprador debo tener una fotocopia de ese mandato explícito que por lo general se hace ante escribano.
El segundo punto que debo exigir es que ese boleto de compraventa también contenga la firma del vendedor.

6. ¿Qué significa que un boleto de compraventa tenga fecha cierta?
Para que un boleto de compraventa tenga fecha cierta debe celebrarse ante escribano, de esa manera el escribano asienta en su libro de actas, la fecha cierta de la operación.

7. La cláusula de responsabilidad civil en un boleto de compraventa, ¿me exime de responsabilidad civil ante terceros?
La cláusula de responsabilidad civil de un boleto de compraventa tiene validéz entre las partes. Para que sea oponible a terceros, una vez que vendo un automotor de mi propiedad, debo hacer la DENUNCIA DE VENTA  única manera de quedar liberado de toda responsabilidad.

8. ¿Qué significa hacer la denuncia de venta de un automotor?, ¿Para qué sirve?, ¿Quién puede hacerla?, ¿Cuál es el arancel?, ¿En que lugar puedo llevarla a cabo?
Lo que significa hacer la denuncia de venta y para que sirve, está respondido en la pregunta anterior.
En cuanto a quién puede hacerla, solamente el titular registral.


9. ¿Qué es el informe de dominio?, ¿Para qué sirve?
El informe de dominio no es otra cosa que un vuelco de información que posee el Registro de la Propiedad del Automotor sobre un dominio determinado. El mismo contiene los datos de los titulares registrales (dado que la propiedad puede estar en condominio), datos sobre prendas o embargos que pudiere registrar el dominio y también inhibiciones que pudieren constar sobre los titulares registrales.
Sirve para saber de manera oficial el estado del automotor que voy a comercializar.


10. ¿Qué es el certificado de dominio?
El titular registral, la autoridad judicial y los Escribanos Públicos, podrán solicitar la expedición de un Certificado de Dominio mediante el uso de la Solicitud Tipo «02».
El certificado de dominio expedido por el Registro otorgará prioridad frente a los actos que se presenten con posterioridad a su petición y durante su plazo de vigencia, siempre que aquellos no gozaren a su vez de prioridad.
Los actos cuya inscripción se solicite con posterioridad a la presentación del pedido de Certificado de Dominio, quedarán pendientes y como condicionales, debiendo procederse a su procesamiento definitivo una vez vencido el plazo de vigencia del certificado.
No obstante lo dicho en el párrafo anterior, se anotarán, inscribirán o despacharán los trámites que no importen modificar la situación jurídica del automotor o de su titular.
La prioridad a que se hace referencia en el artículo anterior, beneficiará exclusivamente al acto o al trámite que se presente junto con el ejemplar del certificado expedido por el Registro, y en caso de que aquél fuere observado, a los que se presenten o hayan presentado para subsanar la observación o para remover los obstáculos que la motivaron.
Ver diferencias entre Informe de dominio y certificado de dominio.

11. ¿Qué ocurre si compro un automotor que no está radicado en la ciudad donde vivo?
Al momento de transferirlo, debo solicitar un cambio de radicación.
Ver requisitos para la transferencia de un automotor con cambio de radicación.

12. ¿Puedo verificar un automotor fuera de la ciudad donde vivo?
Si, simpre que la planta verificadora se encuentre a más de 100Km. del lugar de radicaión del automotor.

13. ¿Qué debo hacer en caso de accidente de tránsito?
Ver servicio accidentes de tránsito

14. ¿La cédula verde tiene vencimiento?
La cédula verde tiene una vigencia de dos (2) años, pero para el TITULAR REGISTRAL NO TIENE VENCIMIENTO.

15. ¿Que ocurre si extravío la cédula verde?
    Debe solicitar una nueva, puede hacerlo a traves de un Mandatario del automotor
    En caso de extravío de ambos documentos se debe verificar nuevamente el automotor.

16. ¿Que ocurre si extravío el título del automotor?
  Debe solicitar una nueva. Puede hacerlo a traves de un Mandatario del automotor 
    Se debe verificar el automotor, para ello se debe completar una Solicitud Tipo 12.

17. ¿Que ocurre si extravío las chapas patente del automotor?
   Puede acudir a los servicios de un Mandatario del Automotor con matricula Nacional Vigente,     Solicitar un duplicado de chapas.
    Completar la Solicitud Tipo 02.

18. ¿Que ocurre si el automotor no está repatentado?
El repatentamiento de un automotor podrá solicitarse por dos caminos.
    El titular registral Puede acudir a los servicios de un Mandatario del Automotor con matricula Nacional Vigente.
    El adquirente del automotor también podrá solicitar el repatentamiento al momento de inscribir la transferencia de dominio a su favor. Debe tener en cuenta que deberá abonar una multa de Pesos sesenta ($60), además de los aranceles correspondientes.

19. ¿Puedo transferir un automotor prendado?
NO. A menos que el acreedor prendario preste su conformidad.

20. ¿Puedo transferir un automotor embargado?
NO. Primero se levantará la medida judicial y luego cuando el dominio quede liberado, se procederá a cumplimentar el trámite de transferencia de dominio.

21. ¿Qué ocurre si compro un automotor cuyo titular registral está inhibido?
No podré transferir el automotor, dado que una persona inhibida no puede disponer de sus bienes.

22. ¿Bajo qué condiciones me pueden secuestrar el automotor?
Las razones más comunes por las que se procede al secuestro de un automotor son:
    Pedido de secuestro inscripto en el Registro de la Propiedad del Automotor, es decir si la autoridad policial o tránsito detiene el vehículo y consulta el estado de dominio, observará que obra en él un pedido de secuestro; por lo tanto obrará en consecuencia.
    No contar con un seguro de automotor, mínimo de responsabilidad civil.
    No contar con carnet de conductor.

23. ¿Qué documentación necesito llevar en el automotor?
Ver servicio Operativo SOL (lo que hay que saber antes de emprender un viaje)

24. Si tengo el título del automotor pero no tengo la cédula verde, ¿Puedo circular?
NO. El único documento que me habilita para circular es la cédula verde.

25. El seguro automotor, ¿Es obligatorio?
SI, al menos un seguro de responsabilidad civil

26. ¿Si adquiero un automotor 0Km, ¿Debo abonar el impuesto de incentivo docente?
NO. El impuesto "Fondo Nacional de Incentivo Docente" quedó derogado a partir del 31 de diciembre de 1999, por lo tanto todos los automotores 0Km. adquiridos a partir de esa fecha no abonan el mencionado impuesto.
Ahora bien, cabe mencionar que si deseo transferir un automotor cuya incripción inicial se produjo antes del 31 de diciembre de 1999 y su valor imponible supera los montos estipulados por la A.F.I.P. para cada categoría, esto es automotor, camioneta, camión, etc. y no abononó el correspondiente impuesto, debo hacerlo como así también los intereses resarcitorios correspondientes a partir del 31 de enero de 2000 a una tasa del 1 por mil diario.

27. ¿Qué vigencia tiene la Verificación Técnica Vehicular?
Tiene una vigencia de un año.
Los automotores 0Km. no verifican.

28. ¿Qué ocurre si el automotor fue inscripto inicialmente antes del 1 de abril de 1.980?
Si de la Verificación Técnica vehicular se trata, abonará el 50% del arancel estipulado.
Si mi deseo es transferir el dominio, debo tener en cuenta dos cosas:
    Si el automotor está repatentado, no corresponde verificar mediante la Solicitud Tipo 12.
    Si el automotor no está repatentado, ahorrará costos completando una Solicitud tipo 121.

29. ¿Qué trámite necesito realizar si deseo transformar mi camioneta en una casilla rodante?
Puede acudir a los servicios de un Mandatario del Automotor con matricula Nacional Vigente, quien realizará un cambio de tipo de carrocería.
Al momento de llenar el formulario, dejará en blanco la parte que corresponde a la indicación del tipo de automotor, que lo consignará el Registro Seccional.
Asimismo deberá acompañar dos fotos, una de frente y otra a 45 grados, del automotor reformado.
Deberá verificar el automotor.
Deberá acompañar el título del mismo

30. ¿Qué trámite necesito realizar si deseo cambiar el motor del automotor?
Puede acudir a los servicios de un Mandatario del Automotor con matricula Nacional Vigente, indicando que se realizará un cambio de motor.
Automáticamente se da de baja el motor que poseía el vehículo.
Si el motor a incorporar es nuevo, deberá acompañar factura de compra en original y fotocopia.
Para el caso de ser usado, deberá acompañar el triplicado de la Solicitud Tipo 04, con que se procedió a dar la baja del mismo en el anterior vehículo.
Deberá verificar el automotor.
Deberá acompañar el título del mismo