Mandatario del Automotor


Mostrando las entradas con la etiqueta seguros. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta seguros. Mostrar todas las entradas

jueves, 5 de febrero de 2015

Periodo de validez de las Solicitudes Tipo



Cual es el plazo de validez de los formularios (Solicitud Tipo)?

Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.
TODAS tienen un plazo de validez de 90 dias, el tiempo se computa desde la fecha de la primera certificacion de firma, vencido ese plazo, la Solicitud Tipo no tendra validez,claro, aca hay excepciones legales, la primera excepcion es la ST08 o el mal llamado 08, este no tiene vencimiento por ser un contrato entre partes, pero superados los 90 dias de la primera certificacion de firma comenzara a acumular un recargo por mora, la primer mora despues de los 90 dias y luego pasado el primer año calendario desde la fecha de vencimiento de los 90 dias habiles la segunda mora.


Otra excepcion es la Solicitud Tipo 03 que es el formulario de incripcion de prenda, éste tambien es un contrato entre partes y es el certificado de deuda de una prenda. ambos, la ST08 y la ST03 instrumentan el otorgamiento de derechos a favor de terceros. 

Teniendo en cuenta que ambos quedan perfeccionados a partir de las firmas de los contratantes, y esto se encuentra directamente vinculado a la demostracion de voluntad de adquirir o vender un bien por una parte y la otra de contraer una deuda, es por esto que ambas Solicitudes Tipo no vencen jamas, lo que se vence es la certificacion de las firmas, lo que motiva la generacion de las multas.


Necesita asesoramiento o realizar un tramite, contactenos, el celular es 223 455 8918 y mi nombre es Mariela.

lunes, 22 de diciembre de 2014

Porque es importante tener patentada la Maquinaria Agricola Vial o Industrial

Mariela Ortelli
Antes de entrar en detalles, quiero aclarar que este sitio trata con la legislacion Argentina sobre los procedimeintos para comprar o trasnferir vehiculos. La aclaracion es valida ya que internet es un sitio global y no se aplican las mismas normativas en todos los paises.

Debido a la legislacion actual, referente a la obligatoriedad de tener patentada (Registrada) toda maquinaria Agricola, Vial e Industrial, Ud, puede ser victima del desconocimiento de la clausula de exclusion dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nacion, la misma dice en su texto que es imprescindible tener registrada su maquinaria para recibir el pago del seguro de daños ocasionados con el uso de maquinaria agricola, vial o industrial.
Contacteme para ser asesorado y evitar problemas que pueden comprometer su inversion,

Tenga en mente que los accidentes con la maquiinaria pueden ocurrir durante el traslado o durante la operacion dentro de su propiedad, cualquier operario que resulte con daños ocasionados por la maquinaria, podra accionar contra Ud. y debe estar cubierto par evitar contrariedades que son facilmente evitables.

Ademas tenga en cuenta que los vehiculos denominados Cuatriciclos, son legalmente vehiculos de traslado de  carga dentro de su propiedad y no esta autorizado el uso de los mismos para circular fuera de su propiedad. Deben estar patentados tambien para evitar inconvenientes, todo estoe tramites se los realizo sin que Ud, tenga alguna molestia y todos realizados con profesionalidad.
Hagame una llamada para asesorarse y o contratar mis servicios al celular 223 154 55 8918 o dejeme un mensaje en este sitio y a la brevedad me contactare con Ud.

Ademas.... creee que puede ser embargada su unidad o flota de unidades, tengo la solucion. Contactese al celular 223 455 8918 o dejeme un mensaje en este sitio y a la brevedad me contactare con Ud.