Vehículos usados:
AFIP modificó el monto mínimo a partir del cual se debe declarar una venta
La decisión se informó a través de la Resolución General 5187/2022, publicada en el Boletín Oficial
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales se deben declarar las operaciones de compra-venta de un vehículo y se tiene que tramitar el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA). La decisión se informó a través de la Resolución General 5187/2022,
Esta medida alcanza a las transacciones de autos y motos usados, pero no a las maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen).
De esta manera, a partir del 1/5/2022, fecha en la cual van a comenzar a regir estas modificaciones, la persona deberá declarar en la AFIP la transferencia de un auto siempre que el valor del mismo iguale o supere los $600.000, cuando hasta el momento el mínimo es de $200.000.
En el caso de las motos, el precio a partir del cual se debe dar aviso al ente recaudador pasará desde el próximo mes de $80.000 a $240.000.
Por otra parte, también se incrementó el valor mínimo que tiene que tener el vehículo para que su titular esté en la obligación de tramitar, con carácter previo a la realización de la venta, el denominado CETA.
Actualmente, el dueño del rodado tiene que conseguir este documento cuando el precio pactado para la transferencia o, de existir, el valor consignado en la tabla de valuaciones para el cálculo de aranceles utilizada por la Dirección Nacional, el mayor de ellos, es igual o mayor a los $800.000, pero desde el 1/5/2022 el mínimo será de $2.400.000.
En definitiva, los automóviles que estén por debajo de ese precio no tendrán que hacer el CETA.
El CETA, se tramita en la web de la AFIP.
Otro detalle importante, que debemos aclarar y que también genera dudas es la obligatoriedad de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria (VTV). Aunque para la circulación es necesario tenerla, para realizar una transferencia de dominio no es indispensable.
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